Transporte en fase 1

Medidas de movilidad en la Fase 1

A partir del 11 de mayo se han establecido una serie de nuevas medidas en cuanto a movilidad y transporte se refiere. Así lo ha publicado el BOE, cuyas restricciones durarán en principio hasta el 25 de mayo (comienzo de la fase 2).

Vehículos particulares

En los vehículos particulares podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, en el caso de personas que residan en el mismo domicilio. El uso de la mascarilla no será obligatorio en este caso. Para los coches de empresa se seguirá este mismo criterio.

En el caso de que las personas no residan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, utilizando mascarilla y respetando las distancias lo máximo posible.

Para aquellos vehículos con una sola fila de asientos podrán viajar dos personas siempre que respeten la máxima distancia posible y utilizcen mascarilla.

En el caso de taxis y VTC, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos. Sin embargo, en la fila del conductor sólo podrá viajar el mismo. Si todos las personas residen el mismo domicilio, podrán ir tres personas en la fila adicional a la del conductor.

En motocicletas podrán viajar 2 pasajeros siempre y cuando utilicen casco integral con visera, casco no integral con mascarilla o residan en el mismo domicilio. Para aquellas motocicletas de uso compartido será obligatorio el uso de guantes por parte del conductor y pasajero.

Tren y autobús

En aquellos vehículos en los que todos los ocupantes deban ir sentados, los pasajeros tendrán un asiento vacío que los separará de cualquier otro pasajero. Sin embargo, aquellas personas que convivan en el mismo domicilio podrán ubicarse en el mismo asiento, pudiendo resultar a una ocupación superior en el caso de que se requiriese. En los autobuses se mantendrá vacía la fila posterior al asiento del conductor.

Para aquellos vehículos que puedan transportar a los viajeros de pie, se mantiene como perímetro de ocupación dos viajeros por metro cuadrado en estas zonas y el 50% de los asientos disponibles.

En cuanto a los servicios ferroviarios de Cercanías irán aumentando su oferta de forma progresiva hasta recuperar el 100% de los servicios, ajustando la oferta de servicios a la demanda previsible y procurar la máxima separación posible entre los pasajeros.

Aéreo

El MITMA ha levantado las restricciones para operaciones aéreas entre las islas de los archipiélagos de Canarias y Baleares. Sin embargo, se mantienen aquellas referentes a la conexión entre península y las islas. El ministerio también afirma que los operadores deberán garantizar la máxima separación posible entre los pasajeros. Por lo tanto, en la orden se recoge que se considerará suficiente ofrecer al público sólo el 50% de la capacidad de la aeronave.

Marítimo

En Baleares se restablece el tráfico de pasaje y vehículos entre la península y las islas así como los desplazamientos interinsulares. Entre Eivissa y Formentera se establece en la prestación de tres frecuencias diarias por sentido.

En Canarias sigue prohibido desembarcar pasajeros de los buques de pasaje de trasbordo rodado y buques de pasaje que presten servicios regulares en las líneas marítimas entre la península y la Comunidad Autónoma de Canarias, con excepción de los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada.

Vía: revistatravelmanager

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